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Anexos Índice 1. Instrumentos jurídicos que sustentan
el Manual de Esfera
1 Instrumentos jurídicos que sustentan el Manual de Esfera
Los siguientes instrumentos informan la
Carta Humanitaria y las Normas mínimas en la respuesta a casos
de desastres: Declaración Universal de Derechos Humanos 1948 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, 1966 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1966 Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial 1969 Los cuatro Convenios de Ginebra de 1949 y sus dos Protocolos Adicionales de 1977 Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y Protocolo sobre el Estatuto de los Refugiados de 1967 Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de 1984 Convención sobre la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 Convención sobre los Derechos del Niño de 1989 Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer de 1979 Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1960 Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de 1998
2 Código de conducta relativo al socorro en casos de desastre para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las organizaciones no gubernamentales (ONG)
Preparado conjuntamente por la Federación
Internacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y
el CICR Nota
Propósito El propósito del presente Código de Conducta es preservar nuestras normas de comportamiento. No se tratan en él detalles de las operaciones, como por ejemplo la forma de calcular las raciones alimentarias o de establecer un campamento de refugiados. Su propósito es más bien mantener los elevados niveles de independencia, eficacia y resultados que procuran alcanzar las organizaciones no gubernamentales (ONG) y el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja en sus intervenciones a raíz de catástrofes. Se trata de un código de carácter voluntario que respetarán todas las organizaciones no gubernamentales que lo suscriban, movidas por el deseo de mantener las normas en él establecidas. En caso de conflicto armado, el presente Código de Conducta se interpretará y aplicará de conformidad con el derecho internacional humanitario; El código propiamente dicho figura en la primera sección.
En los anexos siguientes se describe el entorno de trabajo que cabe desear
propicien los Gobiernos, tanto de los países beneficiarios como
de los países donantes, y las organizaciones intergubernamentales
a fin de facilitar la eficaz prestación de asistencia humanitaria.
Definiciones NGOs: NGOs (Non-Governmental Organisations)
refers here to organisations, both national and international, which are
constituted separately from the government of the country in which they
are founded. NGHAs: For the purposes of this
text, the term Non-Governmental Humanitarian Agencies (NGHAs) has been
coined to encompass the components of the International Red Cross and
Red Crescent Movement - The International Committee of the Red Cross,
The International Federation of Red Cross and Red Crescent Societies and
its member National Societies - and the NGOs as defined above. This code
refers specifically to those NGHAs who are involved in disaster response. IGOs: IGOs (Inter-Governmental
Organisations) refers to organisations constituted by two or more governments.
It thus includes all United Nations Agencies and regional organisations. Disasters: A disaster is a calamitous event resulting in loss of life, great human suffering and distress, and large-scale material damage.
Código de Conducta Normas de conducta para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las organizaciones no gubernamentales en programas motivados por catástrofes
1 Lo primero es el deber humanitario El derecho a recibir y a brindar asistencia humanitaria constituye un principio humanitario fundamental que asiste a todo ciudadano en todo país. En calidad de miembros de la comunidad internacional reconocemos nuestra obligación de prestar asistencia humanitaria doquiera sea necesaria. De ahí, la trascendental importancia del libre acceso a las poblaciones afectadas en el cumplimiento de esa responsabilidad. La principal motivación de nuestra intervención a raíz de catástrofes es aliviar el sufrimiento humano entre quienes están menos preparados para soportar las consecuencias de una catástrofe. La ayuda humanitaria que prestamos no responde a intereses partidistas ni políticos y no debe interpretarse en ese sentido.
2 La ayuda prestada no está condicionada
por la raza, el credo o la nacionalidad de los beneficiarios ni ninguna
otra distinción de índole adversa. El orden de prioridad
de la asistencia se establece únicamente en función de las
necesidades Siempre que sea posible, la prestación de socorro deberá fundamentarse en una estimación minuciosa de las necesidades de las víctimas de las catástrofes y de la capacidad de hacer frente a esas necesidades con los medios disponibles localmente. En la totalidad de nuestros programas reflejaremos las consideraciones pertinentes respecto a la proporcionalidad. El sufrimiento humano debe aliviarse en donde quiera que exista; la vida tiene tanto valor en una parte del país, como en cualquier otra. Por consiguiente, la asistencia que prestemos guardará consonancia con el sufrimiento que se propone mitigar. Al aplicar este enfoque, reconocemos la función capital que desempeñan las mujeres en las comunidades expuestas a catástrofes, y velaremos por que en nuestros programas de ayuda se apoye esa función, sin restarle importancia. La puesta en práctica de esta política universal, imparcial e independiente sólo será efectiva si nosotros y nuestros asociados podemos disponer de los recursos necesarios para proporcionar esa ayuda equitativa y tener igual acceso a todas las víctimas de catástrofes.
3 La ayuda no se utilizará para
favorecer una determinada opinión política o religiosa La ayuda humanitaria se brindará de acuerdo con las necesidades de los individuos, las familias y las comunidades. Independientemente del derecho de filiación política o religiosa que asiste a toda organización no gubernamental de carácter humanitario, afirmamos que la ayuda que prestemos no obliga en modo alguno a los beneficiarios a suscribir esos puntos de vista. No supeditaremos la promesa, la prestación o la distribución de ayuda al hecho de abrazar o aceptar una determinada doctrina política o religiosa.
4 Nos empeñaremos en no actuar
como instrumentos de política exterior gubernamental Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario son organizaciones que actúan con independencia de los Gobiernos. Así, formulamos nuestras propias políticas y estrategias para la ejecución de actividades y no tratamos de poner en práctica la política de ningún Gobierno, que sólo aceptamos en la medida en que coincida con nuestra propia política independiente. Ni nosotros ni nuestros empleados aceptaremos nunca, a sabiendas - o por negligencia - ser utilizados para recoger información de carácter político, militar o económico que interese particularmente a los Gobiernos o a otros órganos y que pueda servir para fines distintos de los estrictamente humanitarios, ni actuaremos como instrumentos de la política exterior de Gobiernos donantes. Utilizaremos la asistencia que recibamos para atender las necesidades existentes, sin que la motivación para suministrarla sea la voluntad de deshacerse de productos excedentarios ni la intención de servir los intereses políticos de un determinado donante. Apreciamos y alentamos la donación voluntaria de fondos y servicios
por parte de personas interesadas en apoyar nuestro trabajo y reconocemos
la independencia de acción promovida mediante la motivación
voluntaria de esa índole. Con el fin de proteger nuestra independencia,
trataremos de no depender de una sola fuente de financiación.
5 Respetaremos la cultura y las costumbres
locales Nos empeñaremos en respetar la cultura, las estructuras y las
costumbres de las comunidades y los países en donde ejecutemos
actividades.
6 Trataremos de fomentar la capacidad
para hacer frente a catástrofes utilizando las aptitudes y los
medios disponibles a nivel local Incluso en una situación de desastre, todas las personas y las comunidades poseen aptitudes no obstante su vulnerabilidad. Siempre que sea posible, trataremos de fortalecer esos medios y aptitudes empleando a personal local, comprando materiales sobre el terreno y negociando con empresas nacionales. Siempre que sea posible, la asociación con organizaciones no gubernamentales locales de carácter humanitario en la planificación y la ejecución de actividades y, siempre que proceda, cooperaremos con las estructuras gubernamentales. Concederemos alta prioridad a la adecuada coordinación de nuestras intervenciones motivadas por emergencias. Desempeñarán esta función de manera idónea en los distintos países afectados quienes más directamente participen en las operaciones de socorro, incluidos los representantes de organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas.
7 Se buscará la forma de hacer
participar a los beneficiarios de programas en la administración
de la ayuda de socorro Nunca debe imponerse a los beneficiarios la asistencia motivada por un
desastre. El socorro será más eficaz y la rehabilitación
duradera podrá lograrse en mejores condiciones cuando los destinatarios
participen plenamente en la elaboración, la gestión y la
ejecución del programa de asistencia. Nos esforzaremos para obtener
la plena participación de la comunidad en nuestros programas de
socorro y de rehabilitación.
8 La ayuda de socorro tendrá por
finalidad satisfacer las necesidades básicas y, además,
tratar de reducir en el futuro la vulnerabilidad ante los desastres Todas las operaciones de socorro influyen en el desarrollo a largo plazo, ya sea en sentido positivo o negativo. Teniendo esto presente, trataremos de llevar a cabo programas de socorro que reduzcan de modo concreto la vulnerabilidad de los beneficiarios ante futuros desastres y contribuyan a crear modos de vida sostenibles. Prestaremos particular atención a los problemas ambientales en la elaboración y la gestión de programas de socorro. Nos empeñaremos, asimismo, en reducir a un mínimo las repercusiones perjudiciales de la asistencia humanitaria, evitando suscitar la dependencia a largo plazo de los beneficiarios en la ayuda externa.
9 Somos responsables ante aquellos a quienes
tratamos de ayudar y ante las personas o las instituciones de las que
aceptamos recursos A menudo funcionamos como vínculo institucional entre quienes desean prestar asistencia y quienes la necesitan durante los desastres. Por consiguiente, somos responsables ante los unos y los otros. En nuestras relaciones con los donantes y con los beneficiarios hemos de observar siempre una actitud orientada hacia la apertura y la transparencia. Reconocemos la necesidad de informar acerca de nuestras actividades, tanto desde el punto de vista financiero como en lo que se refiere a la eficacia. Reconocemos la obligación de velar por la adecuada supervisión de la distribución de la asistencia y la realización de evaluaciones regulares sobre las consecuencias asociadas al socorro. Nos esforzaremos también por informar de manera veraz acerca de las repercusiones de nuestra labor y de los factores que las limitan o acentúan. Nuestros programas reposarán sobre la base de elevadas normas de conducta profesional y pericia, de manera que sea mínimo el desperdicio de valiosos recursos.
10 En nuestras actividades de información,
publicidad y propaganda, reconoceremos a las víctimas de desastres
como seres humanos dignos y no como objetos que inspiran compasión Nunca debe perderse el respeto por las víctimas de los desastres, que deben ser consideradas como asociados en pie de igualdad. Al informar al público, deberemos presentar una imagen objetiva de la situación de desastre y poner de relieve las aptitudes y aspiraciones de las víctimas y no sencillamente su vulnerabilidad y sus temores. Si bien cooperaremos con los medios de información para suscitar un mayor respaldo público, en modo alguno permitiremos que las exigencias internas o externas de publicidad se antepongan al principio de lograr una máxima afluencia de la asistencia humanitaria. Evitaremos competir con otras organizaciones de socorro para captar la
atención de los medios informativos en situaciones en las que ello
pueda ir en detrimento del servicio prestado a los beneficiarios o perjudique
su seguridad y la de nuestro personal.
El entorno de trabajo Habiendo convenido unilateralmente respetar el Código de Conducta antes expuesto, presentamos a continuación algunas líneas directrices indicativas que describen el entorno de trabajo que apreciaríamos propiciasen los Gobiernos donantes y beneficiarios, las organizaciones intergubernamentales - principalmente los organismos del sistema de las Naciones Unidas - a fin de facilitar la eficaz participación de las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario en los esfuerzos de socorro motivados por catástrofes. Estas pautas se formulan a título de orientación. No revisten carácter jurídico obligatorio, ni esperamos que los Gobiernos y las organizaciones intergubernamentales expresen su aceptación de las mismas mediante la firma de un documento aunque cabría concebir ésta como una meta futura. Presentamos estas directrices animados por un espíritu de apertura y cooperación de manera que nuestros asociados sepan cual es el tipo de relación idónea que deseamos establecer con ellos.
Anexo I : Recomendaciones a los Gobiernos de
países en los que ocurran desastres
1 Los gobiernos deberán reconocer
y respetar el carácter independiente, humanitario e imparcial de
las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
son organismos independientes. Los Gobiernos de países beneficiarios
deberán respetar su independencia y su imparcialidad.
2 Los gobiernos de países beneficiarios
deberán facilitar el acceso rápido de las organizaciones
no gubernamentales de carácter humanitario a las víctimas
de los desastres Para que las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario puedan actuar plenamente de acuerdo con sus principios humanitarios, deberá facilitárseles el acceso rápido e imparcial a las víctimas con el fin de que puedan prestar asistencia humanitaria. En el marco del ejercicio de su responsabilidad soberana, el gobierno receptor no deberá bloquear esa asistencia, y habrá de aceptar el carácter imparcial y apolítico de la labor de las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario. Los gobiernos de los países beneficiarios deberán facilitar la rápida entrada del personal de socorro, en particular mediante la derogación de requisitos para la concesión de visados de tránsito, ingreso y salida, o la simplificación del procedimiento para su expedita obtención. Los Gobiernos deberán conceder permiso para que las aeronaves
que transporten suministros y personal de socorro internacional puedan
sobrevolar su territorio y aterrizar en él durante la fase de urgencia
de la operación de socorro.
3 Los Gobiernos deberán facilitar
el movimiento oportuno de los artículos de socorro y la circulación
de las informaciones durante los desastres Los suministros y el equipo de socorro llegan al país únicamente con el fin de aliviar el sufrimiento humano y no para obtener beneficios o ganancias comerciales. En condiciones normales, esos suministros deberán circular libremente y sin restricciones y no estarán sujetos a la presentación de facturas o certificados de origen refrendados por consulados, ni de licencias de importación y exportación, o cualquier otra restricción, ni a derechos de importación ni de aterrizaje ni a derechos portuarios. El gobierno del país afectado deberá facilitar la importación transitoria del equipo de socorro necesario, incluidos vehículos, aviones ligeros y equipo de telecomunicaciones, mediante la supresión transitoria de restricciones en materia de autorizaciones o certificaciones. Asimismo, una vez finalizada una operación de socorro, los Gobiernos no deberán imponer restricciones para la salida del equipo importado. Con el fin de facilitar las comunicaciones en una situación de
emergencia, convendrá que el Gobierno del país afectado
designe ciertas radiofrecuencias que las organizaciones de socorro puedan
utilizar para las comunicaciones nacionales e internacionales que atañan
al desastre, y den a conocer previamente esas frecuencias a la comunidad
que trabaja en esa esfera de actividad. Deberá autorizarse al personal
de socorro a utilizar todos los medios de comunicación que convenga
a las operaciones de asistencia.
4 Los Gobiernos tratarán de proporcionar
un servicio coordinado de información y planificación La planificación general y la coordinación de los esfuerzos de socorro incumben, en definitiva, al Gobierno del país afectado. La planificación y la coordinación pueden mejorarse de manera significativa si se facilita a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario la información oportuna sobre las necesidades de socorro, así como sobre los sistemas establecidos por el Gobierno para la planificación y el desarrollo de las operaciones de socorro y sobre los posibles riesgos en materia de seguridad. Se insta a los Gobiernos a que proporcionen esa información a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario. Con el fin de facilitar la coordinación y la utilización
eficaces de los esfuerzos en materia de socorro, se insta igualmente a
los Gobiernos a que, antes de que ocurra un desastre, designen un cauce
especial de contacto a través del cual las organizaciones no gubernamentales
de carácter humanitario que acudan para prestar ayuda puedan comunicarse
con las autoridades nacionales.
5 Socorro motivado por catástrofes,
en caso de conflicto armado En caso de conflicto armado, las operaciones de socorro se regirán
con arreglo a las disposiciones del derecho internacional humanitario.
Anexo II : Recomendaciones a los Gobiernos donantes 1 Los Gobiernos donantes deberán
reconocer y respetar la labor independiente humanitaria e imparcial de
las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
son organismos independientes cuya independencia e imparcialidad deben
respetar los Gobiernos donantes. Los Gobiernos donantes no deberán
servirse de las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
para promover objetivos políticos ni ideológicos. 2. Los Gobiernos donantes deberán proporcionar fondos con la garantía de que respetarán la independencia de las operaciones Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario aceptan fondos y asistencia material de los Gobiernos donantes conforme a los mismos principios por los que se rigen para entregarlos a las víctimas de los desastres, es decir, basándose para su acción únicamente en los criterios de humanidad e independencia. En lo que se refiere a su ejecución, las actividades de socorro incumben, en última instancia, a la organización no gubernamental de carácter humanitario, y se llevarán a cabo de acuerdo con la política de esa organización. 3. Los Gobiernos donantes deberán emplear sus buenos oficios para ayudar a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario a lograr el acceso a las víctimas de catástrofes Los Gobiernos donantes deberán reconocer cuán importante
es aceptar cierto nivel de responsabilidad en cuanto a la seguridad y
la libertad de acceso del personal de la organización no gubernamental
de carácter humanitario a las zonas siniestradas. Deberán
estar dispuestos a interceder por vía diplomática si es
necesario, ante los gobiernos beneficiarios con respecto a esas cuestiones.
Anexo III : Recomendaciones a las organizaciones
internacionales
1 Las organizaciones intergubernamentales
admitirán a las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario nacionales y extranjeras como asociadas valiosas Las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
están dispuestas a trabajar con las Naciones Unidas y con otras
organizaciones intergubernamentales para aportar mejor asistencia a raíz
de catástrofes. Obedecen a un espíritu de asociación
que respeta la integridad y la independencia de todos los asociados. Las
organizaciones intergubernamentales deben respetar la independencia y
la imparcialidad de las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario. Los organismos del sistema de las Naciones Unidas deberán
consultar a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
en la preparación de planes de socorro.
2 Las organizaciones intergubernamentales
ayudarán a los Gobiernos de países afectados a establecer
un sistema general de coordinación para el socorro nacional e internacional
en los casos de desastre Según su mandato, no suele incumbir a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario encargarse de la coordinación general que requiere la intervención internacional motivada por una catástrofe. Esa responsabilidad corresponde al Gobierno del país afectado y a las autoridades competentes de las Naciones Unidas. Se exhorta a éstas a que proporcionen ese servicio en el momento oportuno y de manera eficaz a fin de ayudar al Estado afectado y a la comunidad nacional e internacional a hacer frente al desastre. De cualquier manera, las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario desplegarán todos los esfuerzos necesarios para velar por la eficaz coordinación de sus propios servicios. En caso de conflicto, las actividades de socorro se regirán de
conformidad con las disposiciones que convenga del derecho internacional
humanitario.
3 Las organizaciones intergubernamentales
aplicarán a las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario las mismas medidas de protección de su seguridad que
a las organizaciones del sistema de las Naciones Unidas Siempre que se prevean servicios de seguridad para las organizaciones
intergubernamentales, se extenderá su alcance, si es necesario,
a las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario
que actúen como asociadas suyas para las operaciones, siempre que
se lo solicite.
4 Las organizaciones intergubernamentales
facilitarán a las organizaciones no gubernamentales de carácter
humanitario el mismo acceso a la información pertinente que a las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas Se insta a las organizaciones intergubernamentales a que compartan toda la información oportuna para la respuesta efectiva al desastre, con las organizaciones no gubernamentales de carácter humanitario que actúen como asociadas suyas en las operaciones de socorro.
Equipo del Proyecto Esfera Administradora del Proyecto: Nan
Buzard Responsable de Formación:
Sean Lowrie Oficial de Proyecto: Verónica
Foubert Asistente del Proyecto: Elly Proudlock Comité de Administración del Proyecto InterAction | Save the Children Alliance | CARE International| Federación
Luterana Mundial (FLM/ACT) | VOICE (Voluntary Organisations in Cooperation
in Emergencies, Organizaciones Voluntarias para la Cooperación
en Situaciones de Emergencia)| Mercy Corps | Action by Churches Together
(ACT) | SCHR (Steering Committee for Humanitarian Response, Comité
Directivo para la Respuesta Humanitaria - CDRH) | Comité Internacional
de la Cruz Roja (CICR) | Federación Internacional de Sociedades
de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja|ICVA (International Council of
Voluntary Agencies, Consejo Internacional de Organizaciones Voluntarias)
| Caritas Internationalis Donantes Además de las contribuciones de las organizaciones miembros antes mencionadas, las entidades mencionadas a continuación financiaron el Proyecto Esfera: Organismo Australiano para el Desarrollo Internacional (AusAID) | Ministerio de Desarrollo de Bélgica | Organismo Canadiense para el Desarrollo Internacional (CIDA) | Organismo Danés de Ayuda al Desarrollo Internacional (DANIDA) | Disaster Emergency Commitee (DEC) | Departamento para el Desarrollo Internacional del Reino Unido (DFID) | Oficina Humanitaria de la Comunidad Europea (ECHO) | División de Ayuda Humanitaria del Ministerio de Relaciones Exteriores de los Países Bajos | Organismo Sueco de Cooperación para el Desarrollo Internacional (Sida) | Organismo Suizo para el Desarrollo y la Cooperación (SDC) | Oficina de Población, Refugiados y Migraciones, del Departamento de Estado de los Estados Unidos (US-PRM), y la Oficina de Asistencia en casos de desastres en el Extranjero, de la Agencia para el Desarrollo Internacional, de los Estados Unidos (US-OFDA) | Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF)
Especialistas encargados de los capítulos
Abastecimiento de agua, saneamiento y
fomento de la higiene: Andy Bastable, Oxfam GB Seguridad alimentaria: Helen Young,
Tufts University Nutrición: Anna Taylor,
Save the Children UK Ayuda alimentaria: John Solomon,
CARE US y NM Prusty, CARE India Refugios, asentamientos y artículos
no alimentarios: Graham Saunders, Catholic Relief Services Servicios de salud: Richard J Brennan,
International Rescue Committee Normas comunes a todos los sectores:
Además de los especialistas técnicos y coordinadores de
temas trasversales, las siguientes personas contribuyeron a este capítulo:
Jock Baker, Nan Buzard, Jim Good, Maurice Henderson,Susanne Jaspars, Charles
Kelly, Ron Ockwell, Sylvie Robert
Coordinadores de los temas de relevancia para
todos los sectores Infancia: Jane Gibreel, Save the
Children UK Personas de edad: Nadia Saim, HelpAge
International Discapacitados: Beverly Ashton,
Action on Disability and Development Género: Rosemarie McNairn,
Oxfam GB Protección: Ed Schenkenberg,
ICVA VIH/SIDA: Paul Spiegel, HCR/CDC Medio ambiente: Mario Pareja, CARE/HCR
Moderadora de las reuniones para la revisión: Isobel McConnan Editor: David Wilson
Las normas e indicadores de Esfera se han elaborado sobre la base de la experiencia colectiva y buenas prácticas de personas y organismos activos en muchos sectores de la labor humanitaria. Al igual que en el caso de la primera edición del manual, habría resultado imposible llevar a cabo esta revisión sin la colaboración de muchas personas repartidas por todo el mundo. En total, hubo miles de personas en 80 países, que representaban a más de 400 organismos, que fueron participantes en el proceso y que aportaron de forma voluntaria su tiempo y sus conocimientos. Todo a lo largo de la preparación del manual el énfasis se ha puesto en el proceso consultivo, llevado a cabo con redes de grupos paritarios de revisión que colaboraron en todas las etapas del proceso. En particular, facilitaron comentarios detallados trabajadores humanitarios basados en países en los que los desastres se presentan periódicamente, quienes utilizan el manual en el terreno. El resultado final no representa el punto de vista de ningún organismo, sino más bien la voluntad activa y consciente de la comunidad humanitaria de cooperar para compartir un extenso caudal de experiencia y conocimientos, en su esfuerzo por mejorar la calidad y la rendición de cuentas de las actuaciones humanitarias. Expresamos nuestro agradecimiento a todos aquellos que han contribuido a hacerlo una realidad. Esfera desea hacer constar su reconocimiento por las aportaciones de todos los participantes, tanto en el manual original como en la presente revisión del mismo, pero ocuparía más de 40 páginas presentar la lista de nombres individuales, que omitimos por falta de espacio. No obstante, en el sitio web de Esfera se puede encontrar la lista completa de los organismos y las personas individuales que han realizado aportaciones: http://www.sphereproject.org
ACNUR: ACT: ALNAP: CAD: CDC: CDRH: CICR: FAO: FLM: INFCD: MSF: NCHS: OCAH: OCDE: OFDA: OMM: OMS: ONG: OSIA: PMA: PNUD: PNUMA: PSIM: PTSS: SCN: UNDRO: UNICEF: USAID: |
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